Términos y condiciones generales de alquiler

1. Ámbito de aplicación, contenido del contrato, derecho aplicable
1.1 Únicamente son válidas las siguientes Condiciones Generales de Mi Casita Viajera que en adelante será el “arrendador”. No se admitirán aquellas condiciones del arrendatario que difieran o sean contrarias a las Condiciones Generales del Arrendador. Éstas Condiciones Generales del Arrendador también serán válidas cuando el arrendador alquile sin reservas.

1.2 El objeto del contrato formalizado con el arrendatario, es únicamente la entrega en régimen de alquiler de la autocaravana. El arrendador no adeudará las prestaciones del viaje ni, sobre todo, la totalidad de éstas últimas.

1.3 En caso de reserva, entre el arrendatario y el/los arrendador/es se formalizará un contrato de alquiler regido exclusivamente por el derecho español. El arrendatario organizará él mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada. Queda excluida la prolongación no formal del contrato de alquiler por un período indeterminado de tiempo debido a un uso continuado.

1.4 Todos los acuerdos entre el arrendador y el arrendatario se realizarán por escrito.

1.5 Todos los datos solicitados por el arrendador al arrendatario serán concedidos por este último de manera consentida desde el momento en que el arrendatario firme estas condiciones generales y el contrato de alquiler. El arrendador únicamente pedirá aquellos datos que sean estrictamente necesarios para llevar a cabo el servicio de alquiler, usando estos datos para llevar a cabo esto último y/o cualquier trámite legal en el que se requieran por sucesos ocurridos durante el periodo de alquiler, restringiendo el acceso a estos por parte de terceros con intenciones maliciosas.

2. Edad mínima, conductores autorizados
2.1 El arrendatario y cada uno de los conductores autorizados deberán tener como mínimo 25 años y estar en posesión de un permiso de conducción clase B con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional correspondiente. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional. Para poder entregar la autocaravana es absolutamente necesario que el arrendatario y/o el/los conductor/es presenten el carné de conducir y el pasaporte/documento nacional de identidad válido. En caso de que la entrega se demore por no presentar estos documentos, dicho retraso deberá ser asumido por el arrendatario. Si la mencionada documentación no se puede presentar en el momento acordado para hacer la entrega o en un plazo razonable, el arrendador estará autorizado a anular el contrato.  Se aplicarán las condiciones de cancelación establecidas en la sección 4.2. La empresa de alquiler o las autoridades oficiales pueden exigir la presentación del permiso de conducir internacional (en el caso de los clientes no residentes en la UE).

2.2 Si en el momento de la entrega de la autocaravana alquilada no se dispone del permiso de conducir que se corresponda con el vehículo alquilado, se considerará que no se ha recogido la autocaravana; en este caso se aplicarán las condiciones de anulación pertinentes (véase apdo.4.2).

2.3 Tan solo podrán conducir el vehículo los conductores autorizados que hayan entregado su documentación al arrendador.

3. Precios de alquiler y cálculo, duración del alquiler
3.1 Los precios de alquiler, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato. El período mínimo establecido de alquiler durante determinadas épocas del año, también se deriva de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de firmar el contrato. En función de los días de alquiler reservados, serán válidos los precios que aparezcan en la lista para la temporada correspondiente. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios prestados, cuya cuantía también se puede consultar en la lista de precios del arrendador vigente en el momento de formalizar el contrato.

3.2 Los precios de alquiler de los accesorios opcionales, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato. En el caso de disponer de portabicicletas y que el arrendatario lo solicite, el arrendatario será responsable de los daños ocasionados a este durante el periodo de alquiler y se deducirá de la fianza el importe necesario de las reparaciones.

3.3 El alquiler mínimo depende de la temporada en la que se realicen los días del alquiler.

3.4 Los correspondientes precios de alquiler incluyen: IVA, kilometraje limitado a 300 km por día alquilado, seguro a todo riesgo según la correspondiente cobertura del seguro (véase más abajo apdo. 11), garantía de movilidad del fabricante del chasis-cabina.

3.5 El período de alquiler empieza con la recogida de la autocaravana por parte del arrendatario y finaliza con la recogida del vehículo por parte del arrendador.

3.6 Si se devuelve la autocaravana una vez transcurrido el tiempo acordado por escrito, el arrendador cobrará por cada hora de retraso (véase en el apdo. 6.4). Si el arrendatario se retrasa en la entrega del vehículo y esto hace que otro arrendatario se vea perjudicado, el primero deberá de asumir los gastos derivados si el segundo hace valer sus derechos frente al arrendador.

3.7 En caso de devolver el vehículo antes de que transcurra el período de alquiler contratado, se deberá igualmente pagar el precio íntegro del alquiler acordado anteriormente.

3.8 La autocaravana se entrega con el depósito de combustible lleno y así debe devolverse. En caso contrario, el arrendador cobrará por el combustible necesario más 15 € como sanción (se cobrará de la fianza). El arrendatario correrá con los gastos de carburante y funcionamiento durante el período de alquiler.

3.9 El vehículo será devuelto en el mismo lugar donde se entregó.

4. Reserva
4.1 Las reservas sólo serán vinculantes tras la confirmación del arrendador.

4.2. Una vez que el arrendador haya entregado la confirmación por escrito de la reserva, se deberá pagar un depósito del 30 % del importe total del alquiler, pudiéndose pagar mediante tarjeta de crédito o de débito, en metálico o mediante transferencia, debiéndose realizar esta última en un período máximo de tres días. A partir de este momento la reserva será vinculante para ambas partes. En caso de que el arrendatario no cumpla este plazo, la reserva dejará de ser vinculante para el arrendador.
En caso de que el cliente cancele la reserva vinculante, éste último deberá pagar las siguientes tasas de anulación calculadas a partir de la primera reserva confirmada:

• Hasta 50 días antes del inicio del alquiler, 15% de la reserva.
• Entre 49 y 15 días antes del inicio del alquiler, 50% de la reserva.
• Entre 14 y 3 días antes del inicio del alquiler, 80% de la reserva.
• Entre 2 días y el inicio del alquiler, 100% de la reserva.

5. Condiciones de pago, fianza
5.1 El precio de alquiler previsto en función de las fechas de reserva se deberá ingresar mediante transferencia bancaria en la cuenta que el arrendador facilitará al arrendatario. Además, podrá ser pagada en metálico o mediante tarjeta de crédito o débito, todo como máximo 20 días antes del inicio del alquiler.

5.2 En el momento de la recogida del vehículo el arrendatario deberá haber realizado previamente una transferencia bancaria (que debe estar reflejada en la cuenta del arrendador para el momento de salida del vehículo) o deberá depositar mediante tarjeta de crédito la cantidad de 700 €, en concepto de fianza y como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones de este contrato. En caso de utilización de tarjeta de crédito para el pago, la caducidad de ésta deberá ser superior a la duración del contrato de arrendamiento.

5.3 En caso de reservas a corto plazo (menos de 20 días antes de la fecha de alquiler), la reserva y el precio del alquiler se abonaran juntos mediante los métodos de pago mencionados en el apartado 5.1. La fianza siempre se entregará en el momento de la recogida como se contempla en el apartado 5.2.

5.4 La fianza será devuelta a partir de las 48 horas después de la examinación del vehículo por el arrendador, el cual en caso de desperfectos por mal uso dictaminará el importe que el cliente deberá abonar. Este importe será deducido de la fianza depositada, aceptando el arrendatario el pago de la diferencia si el coste de los desperfectos supera el valor de la fianza depositada. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 40 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia entre esta y el coste de los desperfectos. En caso de un siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo.

5.5  El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:

A. En el momento de la devolución del vehículo, se cobrará de la fianza 25 céntimos adicionales (IVA incluido) por cada kilometro excedido, tomando en cuenta que cada día de alquiler da derecho al arrendatario a recorrer 300 kilómetros .
B. Los cargos adicionales que se originen si el vehículo es dejado en cualquier sitio que no sea el lugar de entrega, sin la autorización del arrendador.
C. El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, al arrendatario o arrendador, derivados del tiempo de vigencia de este contrato de alquiler, a no ser que se hayan originado por culpa del arrendador.
D. En el supuesto de que por culpa del arrendatario fuese el vehículo retenido o embargado, todos los gastos serán a su cargo, incluido el lucro cesante durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
E. Gastos incurridos para el arrendador (incluidos honorarios de abogados y procuradores) en la reclamación de las cantidades adeudadas por el arrendatario en virtud del presente contrato.
F. El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia (no incluye los efectos personales del arrendatario y acompañantes). En caso de accidente o robo, el arrendatario se hará cargo del importe de 700 € por siniestro.

5.6 Si el arrendatario se retrasa en los pagos, se aplicarán intereses por demora de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

6. Entrega y devolución del vehículo
6.1 Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el arrendador en el punto de entrega. Se elaborará un acta de entrega (Check Out) en el que se describirá el estado del vehículo, asimismo se le entregará un listado con los materiales incluidos en el vehículo y que deberán firmar ambas partes. Se le hará entrega de un juego de llaves del vehículo que se debe devolver a la entrega de la autocaravana y en caso de pérdida o robo de las mismas el arrendatario se hará cargo del importe de 350€ por reposición mas envío en caso de ser necesario. Del mismo modo, se le hará entrega de la documentación del vehículo, y en caso de pérdida se actuará como en el caso anterior. El arrendador pondrá a disposición del arrendatario aparcamiento gratuito para su coche mientras dure el servicio. El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado el acta de entrega.

6.2 Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión final de la autocaravana junto con el arrendador. Se elaborará un acta de devolución (Check In), que el arrendador y el arrendatario estarán obligados a firmar. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo, correrán a cargo del arrendatario.

6.3 Por norma general las entregas de los vehículos se efectuarán de lunes a viernes, de 16:30 a 19:30 horas; las devoluciones de lunes a viernes de 10 a 12 de la mañana. Los horarios que aparezcan en el contrato de alquiler se considerarán los acordados. Los sábados sólo se podrán realizar entregas y devoluciones si se ha alcanzado un acuerdo previo y a cambio de una remuneración adicional según tarifa en vigor. El día de la entrega y la devolución sumarán juntos un día, siempre que en total no se superen las 24 horas o sólo si las superan por causas imputables al arrendador.

6.4 Los retrasos en la devolución, no autorizados, serán penalizados con 20 € por cada hora de retraso, si transcurriese un día se penalizará con 300€. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado, deberá ser comunicada inmediatamente al arrendador para que este la acepte; en caso contrario se considerará retraso no autorizado.

6.5 Si el arrendatario desea prolongar el arrendamiento, deberá solicitarlo al arrendador con un mínimo de tres días de antelación a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a las disponibilidades que en este momento tenga el arrendador.

6.6 Cualquier alteración de las fechas de alquiler, deberá ser previamente autorizada por el arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente. El arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo, en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización no respeta lo dispuesto en el mismo.

6.7 En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el arrendador.

6.8 El vehículo se devolverá limpio interiormente y con los depósitos de aguas residuales y del WC vacíos. En caso contrario se cobrará un importe de la fianza, de acuerdo con las tarifas establecidas para ello, en concepto de limpieza. Los importes ascienden a:

a. WC no vacío: 40 €.
b. Aguas residuales no vacías: 20 €.
c. Interior sucio: 60 €.
d. Manchas de aceite o grasa que requieran tintorería: 15 € por mancha.
e. Neumáticos deteriorados por mal uso (cadenas, tránsitos fuera de la vía pública, derrapes…): de 20 € a 100 € por neumático.

6.9 El hecho de llenar el depósito de agua potable con diesel u otro combustible, o el depósito de diesel con agua u otro combustible, implicará una penalización de 750 €.

7. Usos prohibidos, obligaciones de mantenimiento y protección
7.1 El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Asimismo se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:

A. No permitir que lo conduzcan otras personas más que el mismo o las que expresamente estén autorizadas.
B. No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo.
C. No realquilar o transportar personas con fines comerciales y cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato.
D. No trasportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos o inflamables.
E. No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo y no auxiliar a delincuentes.
F. No cometer delitos, aunque estos solo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos.
G. No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
H. No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo.
I. No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.
J. No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.
K. No circular fuera de los siguientes países, sin la autorización expresa del arrendador:
Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Croacia, Rep. Checa, Chipre, Dinamarca, Estonia, Rep. Eslovaca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza.
L. Queda expresamente prohibido viajar a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos bélicos.
M. Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y protegerlo del deterioro de las heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producirle daños de importancia.
N. Queda expresamente prohibido al arrendatario variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización escrita por parte del arrendador. En caso de infracción de este artículo, el arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación.
Ñ. Queda expresamente prohibido transportar el vehículo de alquiler a bordo de cualquier tipo de barco, tren, camión o avión, salvo autorización expresa escrita por parte del arrendador.
O. En caso de que el arrendatario quisiera introducir una motocicleta o un ciclomotor en el interior del vehículo, esta acción se realizará únicamente bajo la autorización escrita del arrendador. En caso contrario, se le podrá imputar al arrendatario por los daños ocasionados al vehículo en caso de que existan. No obstante, si se ocasionaran daños aun teniendo la autorización del arrendador, estos daños también podrán ser imputados al arrendatario y deducidos de la fianza.

7.2 El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente. Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado del vehículo, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos. El arrendatario se compromete a comprobar regularmente si la autocaravana de alquiler está en perfecta condiciones para circular con seguridad.

7.3 Está prohibido fumar en todos los vehículos. No se podrán llevar animales de compañía. Los gastos de limpieza, derivados de cualquier incumplimiento, correrán a cargo del arrendatario. Asimismo, éste último deberá asumir los gastos derivados de la ventilación o la eliminación del olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo.

7.4 En caso de comprobar que se han infringido las disposiciones de los anteriores apartados 7.1., 7.2. y 7.3, el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler.

8. Comportamiento a seguir en caso de accidente
8.1 En caso de accidente, robo, incendio o daños causados por especies cinegéticas, el arrendatario deberá informar inmediatamente a la policía, elaborar un atestado policial del accidente e informar de los hechos al arrendador. En caso de no elaborar un atestado policial, el seguro no se hará cargo de los daños causados y será el arrendatario quien asuma los gastos originados por dichos daños y como consecuencia los gastos originados por la inmovilización del vehículo.

8.2 Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo indicado al arrendador. Notificar inmediatamente a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El parte de accidente se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde en el momento de devolver el vehículo al arrendador. El documento deberá incluir el nombre y la dirección de las personas implicadas, sus datos del carné de conducir, los datos del contrario con el nombre de la Compañía Aseguradora y el número de póliza, los datos de los eventuales testigos, así como las matrículas de los vehículos afectados.

8.3 En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas; quedando sin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratadas.

8.4 Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá redactar para el arrendador un amplio informe por escrito junto con un dibujo. Si el arrendatario no elabora el informe (no importa cual sea la razón) e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad.

8.5 No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo. Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora.

8.6 En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.

9. Defectos de la autocaravana
9.1 Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos no imputables al arrendador.

9.2 Al devolver el vehículo, el arrendatario deberá indicar por escrito al arrendador los defectos que haya detectado en la autocaravana o su equipamiento una vez iniciado el período de alquiler. Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios en caso de defectos indicados con posterioridad, a no ser que dicha pretensión esté motivada por un daño no evidente.

10. Reparaciones
10.1 El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizaran las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor.

10.2 Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de Asistencia concertada por el arrendador y solo con esta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis-motor, salvo autorización expresa del arrendador.

10.3 El arrendatario podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el período de alquiler y que no superen los 150 €. Para ello, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador. Éste último asumirá los gastos de la reparación si se le hace entrega de los justificantes originales y de las piezas cambiadas, siempre que el arrendatario no responda del daño según el apdo. 11. Quedan excluidos de esta norma los daños que afecten a los neumáticos.

10.4 En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar sin demora al arrendador el desperfecto en cuestión y conceder un plazo razonable para su reparación. El arrendador no se responsabilizará de las condiciones específicas de cada país (p. ej. infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar la reparación.

10.5 En el caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.

10.6 En caso de que sin culpa alguna por parte del arrendatario, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador, si tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario en un plazo razonable, un vehículo de repuesto equivalente en el número de plazas o superior, quedaría excluida una rescisión del contrato. En caso de que ningún vehículo esté disponible, se le devolvería el importe previamente cobrado desde el momento del incidente hasta el final del contrato estipulado y el seguro contratado del vehículo solucionaría el problema con las condiciones que están contratadas, quedaría excluida una rescisión del contrato.

10.7 En caso de que siendo culpable el arrendatario, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de recambio. En este caso queda excluida una rescisión del contrato por parte del arrendatario. Si el arrendador tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario un vehículo de recambio, podrá cobrarle al arrendatario los eventuales gastos derivados de ello.

11. Responsabilidad del arrendatario, seguro a todo riesgo
11.1 Según los principios del seguro a todo riesgo con franquicia, en caso de daños integrales o parciales el arrendatario deberá pagar los primeros 700 € de la reparación o sustitución de piezas, recambios, mano de obra necesaria para reparar el daño, por cada parte de siniestro que considere el perito de la Aseguradora (la aseguradora divide el vehículo en cinco partes que corresponden a cada lateral de la autocaravana y el techo). Aceptando el arrendatario el pago de la diferencia si el coste de los desperfectos supera el valor de la fianza depositada para los casos excepcionales que el seguro a todo riesgo no cubra. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 30 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia entre esta y el coste de la reparación / sustitución de los desperfectos.

11.2 El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará libre de sus responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento fraudulento.

11.3 La eximente de la responsabilidad indicada en el apdo. 11.1, no tendrá efecto si el arrendatario omite alguna de las normas indicadas en todos los puntos del apartado 8.

11.4 La exención de responsabilidad de la apdo. 11.1 no procederá en caso de que el arrendatario haya causado un daño de forma premeditada o negligente.

11.5 Asimismo, el arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso en los siguientes casos:

 A. Si el arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente, del el país donde esté circulando.
B. Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el alcohol.
C. Si el arrendatario o el conductor, a quien el arrendatario le ha dejado el vehículo, huye en caso de accidente.
D. Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida en el apdo. 8, no avisa a la policía en caso de accidente, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de éste último.
E. Si el arrendatario infringe otras obligaciones del apdo. 8, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de éste último.
F. Si los daños se deben a un uso prohibido en el apdo. 7.1.
G. Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida en el apdo. 7.2.
H. Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya dejado el vehículo.
I. Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, ancho, largo).
J. Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional.

11.6 El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se le reclamen al arrendador, excepto si se debe a causas imputables a éste último.

11.7 En caso de haber más arrendatarios, éstos responderán en calidad de deudores solidarios.

12. Responsabilidad del arrendador, prescripción
12.1 El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.

12.2 Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución por parte del arrendador al arrendatario de la cantidad pagada.

12.3 El arrendador no asume ninguna responsabilidad ante el arrendatario, sobre el automóvil del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias del arrendador durante el período de alquiler del autocaravana.

12.4 Serán válidas las Condiciones Generales expuestas en el centro de alquiler en el momento de iniciarse el período de alquiler.

13. Jurisdicción
En caso de litigios derivados o relacionados con el contrato de alquiler de la autocaravana, se acuerda que la jurisdicción sea la de la población donde se realiza el alquiler correspondiente.